En un nuevo pronunciamiento, la Contraloría General de la República (CGR) ha emitido el Dictamen N° D75/2026, en el cual afirma la legalidad del procedimiento de Ratificación de Residencia Temporal ejecutado por el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG).
Con este fallo el órgano contralor desestima definitivamente el supuesto incumplimiento acusado en un requerimiento presentado en noviembre de 2023 por la senadora Luz Ebensperger y el exdirector de SERMIG. En este argumentaban que el Servicio se excedía en sus atribuciones alegando que el procedimiento de “ratificación de la residencia” era una forma encubierta de regularización de migrantes en situación irregular, lo que excedería las atribuciones de la institución.
El dictamen establece que el Servicio Nacional de Migraciones tiene la facultad de ejecutar este procedimiento creado para evitar la irregularidad de personas que han cumplido los requisitos para obtener una residencia temporal en nuestro país, y se tardan más de seis meses en hacer efectiva esa residencia. Los puntos clave respaldados por la CGR son:
- Solo pueden realizar este trámite quienes ya se les otorgó el permiso de residencia temporal conforme a la Ley N° 21.325.
- El trámite está diseñado para personas que, habiendo sido notificadas de su residencia, dejaron pasar más de seis meses sin descargar su estampado electrónico ni inscribirse en el Registro Nacional de Extranjeros.
- Para ratificar el permiso y hacerlo efectivo, el Servicio Nacional de Migraciones exige la presentación actualizada y vigente del documento de antecedentes penales, y solicita un nuevo informe a la Policía de Investigaciones.
- El objetivo es determinar si aún se mantienen los fundamentos que permitieron el otorgamiento original. De lo contrario, se procederá a la revocación del permiso o la expulsión.
De esta forma, la Contraloría concluyó que no existe causal que formular a la actuación de SERMIG en esta materia, rectificando el criterio del dictamen E542346 de 2024, el cual permite que el servicio continúe con este trámite digital bajo los estándares de seguridad mencionados.
El Director del Servicio Nacional de Migraciones, Luis Eduardo Thayer señaló que “este fallo es muy importante pues respalda la labor institucional orientada a asegurar la regularidad de las personas mediante el cumplimiento estricto de los requisitos establecidos en nuestra normativa para obtener una residencia temporal.”
Revisa a continuación el Dictamen: Dictamen N°D75/2026 PODRÁN ACCEDER AL TRÁMITE DE RATIFICACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL