Nacionalidad

Personas chocando las manos

¿Qué es la carta de Nacionalización?

La carta de Nacionalización es un modo de adquirir la nacionalidad chilena para personas extranjeras en virtud de lo establecido en el Art. 10 inciso 3 de la Constitución Política, la que se materializa en un Decreto Exento emanado por el Ministro de Interior y Seguridad Pública, por orden del presidente de la República.

¿En qué casos puedo obtener la nacionalidad chilena?

1

Si has cumplido 18 años de edad, eres titular de Residencia Definitiva vigente, y tienes cinco años o más de residencia en Chile, a contar desde que obtuviste el Estampado Electrónico de la Residencia Temporal que dio origen a la Residencia Definitiva que mantienes vigente.*

2

Si eres hijo o hija de extranjeros, tienes 14 o más años de edad, eres titular de Residencia Definitiva, tienes cinco años o más de residencia en Chile (a contar desde que obtuviste el estampado de la Residencia Temporal que dio origen a la Residencia Definitiva que mantienes vigente), y cuentas para ello con una autorización notarial de tus padres o quién esté a cargo de tu cuidado personal.*

* Debes presentar un documento legal que acredite tal cuidado.
4

Si tienes menos de 18 años de edad, y tus padres o alguno de ellos tiene la calidad de refugiado reconocido por Chile, y al menos uno de ellos ha obtenido la carta de Nacionalización, sin necesidad de cumplir cualquier otro requisito legal.

3

Si eres residente definitivo y puedes acreditar dos años de residencia continuada en el territorio nacional (a contar desde que obtuviste el estampado de la Residencia Temporal que dio origen a la Residencia Definitiva que mantienes vigente), y que según la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, tengas alguno de los siguientes vínculos con la República de Chile:

  1. Calidad de cónyuge de chileno, a lo menos durante dos años y cuyo matrimonio se encuentre inscrito en Chile, siempre que en el mismo periodo se cumpla lo dispuesto en el artículo 133 del Código Civil (vivir en hogar común).
  2. Pariente de chilenos por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive o si eres adoptado por chilenos.
  3. Hijo/a cuyo padre o madre, habiendo sido chileno, haya perdido la nacionalidad chilena con anterioridad a tu nacimiento.

¿Dónde puedo realizar la solicitud de carta de Nacionalización?

Esta solicitud se realiza en el Portal de Trámites Digitales del Servicio Nacional de Migraciones, ingresando con ClaveÚnica o con la cuenta creada por el postulante para esos fines, cumpliendo con la totalidad de los requisitos.

Requisitos

Como postulante, debes adjuntar la documentación general más la específica de tu caso personal, según lo que se detalla a continuación:

Para personas sin vínculo con chileno

  1. Imagen escaneada de hoja de identificación de pasaporte (de no tener pasaporte, presentar
    documento nacional de identidad del país de origen o certificado consular (legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile), que acredite identidad y nacionalidad).
  2. Certificado de antecedentes penales o judiciales de país de origen apostillado o legalizado, y traducido si corresponde (mayores de 18 años).
  3. Certificado de viajes emitido por Policía de Investigaciones (obligatorio sólo para quienes ingresaron a Chile siendo menores de edad y no puedan obtener el certificado de antecedentes penales del país de origen).
  • Si ambos padres están en Chile:
    • Declaración jurada notarial de ambos padres o de quién tenga el cuidado personal del menor de edad, autorizando la solicitud de carta de nacionalización.
  • Si alguno de los padres está en el extranjero:
    • Autorización notarial del padre que está en Chile y autorización notarial (o del ministro de fe que corresponda) del que se encuentra en el extranjero, apostillada o legalizada según corresponda. O bien, poder notarial amplio del padre que se encuentra en el extranjero que acompañe el poder entregado, donde se especifique lo autoriza a solicitar la Nacionalización (apostillado o legalizado).
  • Si alguno de los padres falleció:
    • Certificado de Defunción del padre o madre fallecido.
  • Documento que acredite la actividad que desarrolla actualmente en Chile.
  • Si es persona natural, se deben presentar los documentos que se detallan a continuación:
    1. Acreditar que tiene sus obligaciones tributarias al día, para ello debe presentar la “Carpeta Tributaria”, la cual se obtiene en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII), autenticándose con RUT y clave tributaria o clave única, ingresando luego a la siguiente ruta:
      Sitio web del SII Servicios online Situación tributaria Carpeta tributaria electrónica Carpeta Tributaria Regular.
    2. Además, acreditar que no tiene deuda, para ello debe solicitar el “Certificado de Deuda”, emitido por Tesorería General de la República (TGR), el cual se obtiene en el sitio web de la TGR, autenticándose con RUT y clave tributaria o ClaveÚnica desde la página de Certificado de Deudas Fiscales.
  • Si la persona pertenece a alguna empresa como socio:
    • Deberá presentar la misma documentación señalada en el punto anterior (Carpeta Tributaria y Certificado de Deuda), para cada una de las empresas en las que participe.

Para personas con vínculo con chileno/a

Este vínculo puede ser cónyuge, padre, madre, hijo, nieto, abuelo, hermano, persona adoptada por chileno, hijo de padre o madre que habiendo sido chileno perdió la nacionalidad antes de su nacimiento.

  1.  Imagen escaneada de hoja de identificación de pasaporte (de no tener pasaporte, presentar documento nacional de identidad del país de origen o certificado consular que acredite identidad y nacionalidad).
  2. Certificado de antecedentes penales o judiciales de país de origen apostillado o legalizado, y traducido si corresponde (mayores de 18 años).
  3. Certificado de viajes emitido por PDI (obligatorio sólo para quienes ingresaron a Chile siendo menores de edad y no puedan obtener el certificado de antecedentes penales del país de origen).

 

  • Si ambos padres están en Chile:
    • Declaración jurada autorizando la solicitud de carta de nacionalización de ambos padres o de quién tenga el cuidado personal del menor de edad.
  • Si alguno de los padres está en el extranjero:
    • Autorización notarial del padre que está en Chile y autorización notarial (o del ministro de fe que corresponda) del que se encuentra en el extranjero, apostillada o legalizada según corresponda. O bien, poder notarial amplio del padre que se encuentra en el extranjero que acompañe el poder entregado, donde se especifique lo autoriza a solicitar Nacionalización (apostillado o legalizado).
  • Si alguno de los padres falleció:
    • Certificado de Defunción del padre o madre fallecido.
  • Si es cónyuge de chileno:
    1. Certificado de matrimonio inscrito en Chile.
    2. Certificado de nacimiento del cónyuge.
    3. Documentos que acrediten que hoy y dos años antes de la fecha de postulación comparten el hogar común.

  • Si es padre o madre de hijo chileno:
    1. Certificado de nacimiento de sus hijas e hijos chilenos.

  • Si es consanguíneo hasta el segundo grado (nieto/a, abuelo/a, hermano/a):
    1. Certificados de nacimiento que acrediten el vínculo.

  • Si es hijo de padre o madre que, habiendo sido chileno, perdió su nacionalidad antes de su nacimiento:
    1. Certificado de nacimiento.

    2. Certificado de nacimiento del padre o madre con la anotación de pérdida.

    3. Carta de nacionalización del padre o madre, anterior al año 2005.

  • Documento que acredite la actividad que desarrolla actualmente en Chile.
  • Si es persona natural, se deben presentar los documentos que se detallan a continuación:
    1. Acreditar que tiene sus obligaciones tributarias al día, para ello debe presentar la “Carpeta Tributaria”, la cual se obtiene en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII), autenticándose con RUT y clave tributaria o clave única, ingresando luego a la siguiente ruta:
      Sitio web del SII Servicios online Situación tributaria Carpeta tributaria electrónica Carpeta Tributaria Regular.
    2. Además, acreditar que no tiene deuda, para ello debe solicitar el “Certificado de Deuda”, emitido por Tesorería General de la República (TGR), el cual se obtiene en el sitio web de la TGR, autenticándose con RUT y clave tributaria o ClaveÚnica desde la página de Certificado de Deudas Fiscales.
  • Si la persona pertenece a alguna empresa como socio:
    • Deberá presentar la misma documentación señalada en el punto anterior (Carpeta Tributaria y Certificado de Deuda), para cada una de las empresas en las que participe.

Para personas refugiadas

  1. Documento que acredite identidad.
  • Documento que acredite la actividad que desarrolla actualmente en Chile.
  • Si es persona natural, se deben presentar los documentos que se detallan a continuación:
    1. Acreditar que tiene sus obligaciones tributarias al día, para ello debe presentar la “Carpeta Tributaria”, la cual se obtiene en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII), autenticándose con RUT y clave tributaria o clave única, ingresando luego a la siguiente ruta:
      Sitio web del SII Servicios online Situación tributaria Carpeta tributaria electrónica Carpeta Tributaria Regular.
    2. Además, acreditar que no tiene deuda, para ello debe solicitar el “Certificado de Deuda”, emitido por Tesorería General de la República (TGR), el cual se obtiene en el sitio web de la TGR, autenticándose con RUT y clave tributaria o ClaveÚnica desde la página de Certificado de Deudas Fiscales.
  • Si la persona pertenece a alguna empresa como socio:
    • Deberá presentar la misma documentación señalada en el punto anterior (Carpeta Tributaria y Certificado de Deuda), para cada una de las empresas en las que participe.

Para hijos de refugiados con padre o madre nacionalizado chileno

  1. Documento que acredite identidad.

  2. Certificado de nacimiento.

¿Cómo se solicita una carta de Nacionalización?

Revisa las instrucciones paso a paso en la siguiente guía:

¡Importante!

  • El Portal de Trámites Digitales del SERMIG no te permitirá enviar solicitudes incompletas, por lo que debes adjuntar todos los documentos solicitados. De lo contrario, no podrás avanzar o concluir el ingreso de tu solicitud.
  • Si adjuntas información errónea, incompleta o que no corresponde, se te notificará que tu solicitud no avanza y se te otorgará un plazo de sesenta días hábiles, contados desde dicha notificación, para corregir la falta o acompañar los documentos respectivos.
  • Si no se hace en el plazo indicado, se tendrá por abandonado el procedimiento y se archivará tu petición. Tendrás la posibilidad de presentar una nueva solicitud una vez que reúnas toda la información que funde tu solicitud: la documentación completa, actualizada y vigente a la fecha del ingreso a trámite.

© Ilustraciones adaptadas de Freepik.

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  • Si necesitas tu Resolución Exenta, documento oficial que acredita tu residencia temporal o definitiva, revisa cómo encontrarla y descárgala en nuestro portal. Te guiamos paso a paso.
  • Si necesitas otro tipo de información, ingresa tu solicitud en el formulario: